El malestar en nuestra tributación

El sistema tributario general de Panamá es profundamente atractivo para la inversión extranjera y competitivo a nivel regional.

El sistema tributario general de Panamá es profundamente atractivo para la inversión extranjera y competitivo a nivel regional. Nuestro tipo imponible de ISR es menor al promedio regional, el IVA es el más bajo, carecemos de tributación provincial y la tributación municipal es mínima. No hay en Panamá impuestos heterodoxos como el impuesto a las transacciones financieras que existe en otros países y los intereses sobre depósitos bancarios están exentos. Sin embargo, ese mismo sistema atractivo hacia fuera, adolece hacia adentro de graves distorsiones que promueven injustas desigualdades.

Una de las causas del desequilibrio tiene mucho que ver con los debates recientes. Se trata de que el marco legal existente del ISR de fuente territorial, permite que también el Fisco de Panamá sea evadido por contribuyentes sofisticados que utilizan vehículos corporativos opacos de refugios fiscales, para no aportar la porción justa de su impuesto. Sobre este tema ya habíamos adelantado algunas ideas en artículo del 12 de noviembre del año pasado, el cual puede ser consultado en el siguiente vínculo: La DGI necesita convenios de intercambio de información tributaria

En esencia el asunto se resume a que ciertos contribuyentes de alto nivel económico, se benefician de la opacidad de los refugios fiscales como BVI, Bahamas, Belice, Islas Caimán y otros, con el objeto de crear mecanismos para reducir su pago del impuesto en Panamá.

Las fórmulas son variadas. Es posible crear desde esas jurisdicciones gastos ficticios para los contribuyentes panameños, mediante sociedades controladas por el propio contribuyente de Panamá, que facturan contra el contribuyente de Panamá y ayudan a reducir su base gravable, mediante la deducción de esos gastos.

La situación actual permite que se utilicen mecanismos de triangulación para interponer ‘traders ‘ controlados por el propio contribuyente de Panamá, el cual, en un ejemplo un poco simple, importa desde Asia a 20, revende para Panamá en 90, deja 70 en el refugio fiscal sin pagar impuesto, luego en Panamá el contribuyente de Panamá vende al consumidor final en 100 y le reporta al Fisco ganancia de 10, cuando quizás realmente tuvo una ganancia de 80.

Incluso es posible organizar préstamos falsos desde el extranjero mediante compañías vinculadas al contribuyente de Panamá, a intereses muy altos fuera de mercado, pagaderos desde Panamá, para generar deducciones altas de gasto financiero que reducen el impuesto en Panamá, a pesar de las retenciones, y trasladan parte de la renta a refugios fiscales con nula o muy baja imposición. Este esquema resulta mucho más eficaz para la evasión cuando lo combinan con el uso de incentivos fiscales que permiten pagar intereses al extranjero sin retención.

La herramienta más útil para combatir estas prácticas son los convenios de intercambio de información tributaria con los refugios fiscales. A través de ellos la DGI podría tratar de conocer quiénes son los beneficiarios finales de las sociedades de esas jurisdicciones que tienen transacciones con los contribuyentes de Panamá, conocer si de verdad tienen sustancia económica y asegurarse de que no son pantallas para la evasión. Con esa información podría la DGI aplicar mejor sus otras herramientas de control como la normativa de evasión fiscal y las reglas de precios de transferencia.

Estas medidas de mayor transparencia tributaria internacional ayudarían a Panamá a mejorar su recaudación para atender las necesidades públicas, cerrando estos espacios de evasión que usan, sobre todo, los grandes contribuyentes.

Hoy en día Panamá no tiene los convenios mencionados. Por ello, la DGI tiene limitadas las herramientas para combatir estas prácticas que no solo son ilegales sino que son éticamente cuestionables, especialmente por cuanto son una típica ilustración de la desigualdad del sistema, dado que, por contraste, colocan en una situación de clara desventaja a una cantidad importante de contribuyentes, en especial personas naturales, a quienes se les descuenta el impuesto en el salario y carecen de estas opciones de reducción del impuesto.

La desigualdad del sistema también se refleja en el hecho de que, pese a que el sistema general es competitivo, dentro de Panamá existen múltiples regímenes especiales que hacen que una serie de contribuyentes paguen todavía menos. El ejemplo cumbre está en la exoneración del impuesto sobre la renta para los puertos y los suplidores de naves que cruzan el canal. Se trata de la explotación de nuestra posición geográfica, la riqueza de la zona de tránsito debiera aportar para ayudar a las provincias, por lo tanto, estas exoneraciones sobre negocios exitosos carecen de sentido de justicia.

El Nobel Joseph Stiglitz ha escrito: ‘Para que los mercados funcionen como se supone que tienen que hacerlo, tiene que haber una adecuada normativa gubernamental. Pero para que eso ocurra, hemos de tener una democracia que refleje el interés general, no intereses especiales ni simplemente a los de arriba ‘. ( El Precio de la Desigualdad , Madrid, Taurus, 2012). Coincido con ese enfoque. Por ello pienso que es hora que el marco normativo panameño permita que Panamá tenga convenios de intercambio de información tributaria con los refugios fiscales, a la vez que vaya reduciendo los regímenes especiales. Esta es una excelente vía para caminar hacia una sociedad más igualitaria, poniendo al pueblo primero.

Publio Ricardo Cortés

DIRECTOR GENERAL DE LA DGI

____

Artículo publicado originalmente en La Estrella de Panamá el 3 de mayo de 2016. Reproducido con autorización del autor

7,761 total views, 3 views today

Aclaración. Se informa a los lectores que los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en el texto pertenecen únicamente al autor, y no necesariamente a su empleador ni a ninguna organización, comité u otro grupo al que el autor pertenezca, ni a la Secretaría Ejecutiva del CIAT. De igual manera, el autor es responsable por la precisión y veracidad de los datos y fuentes.

11 comentarios

  1. Marcio Respuesta

    Estimado Publio, te felicito por este tan interesante articulo. Desmistificar que no hay interés a un país de base territorial en recibir informaciones. En buena hora lo publicas y se aplica no solo a Panamá pero a todos los países del mundo que usa la tributación territorial.

  2. Omar C Respuesta

    En México las transacciones con partes relacionadas en BVI, Belice, etc., ni siquiera la toman en cuenta para análisis de precios de transferencia, sino que definitivamente la misma normativa menciona que esas transacciones no cumplen con precios de transferencia.

    Estoy de acuerdo en que el intercambio de información es importante.

    En el tema local, sería importante evaluar precios de transferencia a nivel local.

  3. jgalindez Respuesta

    Comienzo mi comentario citando a Hausmann, profesor de la Universidad de Harvard

    “La carga tributaria del país es baja, el país recauda apenas 10% del producto interno bruto en impuestos internos, excluyendo las contribuciones a la seguridad social. También es cierto que cuando el país quiera subir la participación de los impuestos hay espacio para hacerlo y sectores a quienes cobrarles”, agrega. Indica que si se decide en un momento dado subir los impuestos a algunas actividades, no cree que eso afecte la inversión existente, porque hay muchos más atractivos, como el centro bancario, el área logística y la conectividad, que favorecen los negocios»

    En este sentido, queda claro el fortalecimiento de la carga impositiva, no va afectar la economía del país,el BID estima que Panamá va crecer en los próximos 10 años, pienso que es el momento de fortalecer los mecanismo de control fiscal y promover el civismo fiscal con programas de cumplimiento cooperativo.

    Sin duda, la aplicación de mecanismo de control fiscal baja la era BEPS será de gran utilidad, queda claro el estándar de intercambio de información será clave para las auditorías de precios de transferencia y fundamental para las verificaciones simultáneas previstas en las cláusulas de los convenios tributarios.

  4. williammallqui Respuesta

    ESTIMADO PUBLIO RICARDO CORTES:
    El artículo mueve las conciencias para que en todos los países impere la ética frente a las obligaciones tributarias, que los Estados institucionalizan en sus Sistemas Tributarios, el Intercambio de Información con fines Tributarios es una buena herramienta para combatir la elusión y la evasión tributaria, buscando acabar con las desigualdades.
    Felicitaciones

  5. Fede Ledesma Respuesta

    Felicito el muy valiente artículo del Director Cortés. Ilumina y desmitifica. Demuestra también que las «argucias» fiscales de las grandes corporaciones afectan de igual modo a propios y extraños de cualquier parte del mundo. Es imperativo que los Estados Nacionales se pongan al frente de esta lucha mundial contra la evasion fiscal para lo cual regulaciones internacionales y complejos sistemas de intercambio de información son necesarios para controlar las operaciones de los contribuyentes globalizados.

  6. Sandra L. Argentina Respuesta

    Me parece muy interesante el artículo. Es necesario no solo avanzar en convenios de colaboración tributaria, sino tambien en materia de legislación fiscal en cada uno de los países afectados por estas sociedades off shore, que aprovechan los beneficios de países con baja o nula tributación, para beneficiarse pagando menos impuestos y evadiendo los impuestos que realmente deben tributar en la fuente.

  7. Sococherito Respuesta

    Muy interesante el tema sobre todo porque esas practicas se dan y pueden incrementarse en nuestros países.Si queremos que se efectúe un debido control debemos todos ilustrarnos mas en estos temas. Muchas gracias Sr.Ricardo.

  8. KLEBER CABRERA - ECUADOR Respuesta

    Felicito el tema y concuerdo que el primer paso debe ser el intercambio de informacion en el que deben estar involucrados todos los paises de la región. Y luego debe fortalecer esto con el control fiscal.

  9. Eliseo Solana Respuesta

    es muy interesante el artículo, solo falta hablar aquí de como se afecta a las demás administraciones tributarias que si establecen medidas que les vuelve menos atractivas para llamar la inversión pues no se les considera paraíso fiscal, a parte es un tema que ni la propia Unión Europea a podido resolver, las diferentes regulaciones tributarias generan hoy distorsiones y efectos globales en las economías de todos los estados.

  10. Ignacio Rodriguez Argentina Respuesta

    Ricardo.. muy buen articulo.

    Si bien creo que este tipo de operaciones y maniobras tienen como eje central las politicas que los gobiernos quieren llevar a cabo, tanto sea como para captar inversiones o como para en muchos casos responder a otro tipo de intereses y en este sentido los capitales no tienen ni patria ni ciudadania desde nuestro puesto de funcionario de una administracion tributaria tenemos la obligacion como minimo de arbitrar los medios como para que dentro del entorno politico en el que nos movemos y con las herramientas que tengamos combatir la evasion tanto propia como foranea.
    Y la manera mas efectiva de hacerlo es avanzar cada vez mas en convenios de intercambios de informacion y en la adecuacion de nuestras normas para conseguir un consenso tal que nos permita a un funcionario de Pánama y uno de Argentina trabajar con leyes, normas y procedimientos similares que ayuden al control y sancion en el caso de corresponder de nuestros contribuyentes.

  11. KIRK DOUGLAS ZERILLO GARCIA Respuesta

    Hola un saludo a los lectores.
    Si no me equivoco los países mencionados en la lectura, son países que tienen un amplio margen de pobreza, un amplio margen de informalidad laboral y amplio margen de informalidad empresarial.
    Se puede contemplar en diversas investigaciones y diversas estrategias de otros países que en teoría el Impuesto Predial debería ser la principal fuente de financiamiento para las municipalidades y otros gobiernos locales, porque es un ingreso que se puede a aplicar a todos los contribuyentes y puede ser un potencial ingreso invariable, en comparación al ingreso de un Canon Pesquero. Por ejemplo en el Perú las determinantes del Impuesto Predial son el valor del terreno, el valor de edificación y el valor de obras complementarias o valor de otras instalaciones relacionada con la Unidad Impositiva Tributaria. En la realidad los determinantes del Impuesto Predial tienen la tendencia a subir, la Unidad Impositiva Tributaria sube puntualmente todos los años y el cálculo del pago del Impuesto Predial está vinculado a las determinantes del Impuesto Predial y a la Unidad Impositiva Tributaria; pero la realidad de la gran mayoría de los contribuyentes es por ejempló: hay contribuyentes que tratan de construir su predio con mucho esfuerzo con un buen material, pero después no tienen grandes ingresos mensuales, hay contribuyentes que tienen algunos años de buenos ingresos y construyen su predio lo mejor que pueden, pero después ya no tienen los mismos ingresos o algunos hijos que heredan unas grandes casas pero el hijo no gana tanto dinero como ganaba el padre, los sueldos no suben todos los años, en algunas instituciones públicas tienen sueldos que hace 10 años que no suben, encontrar un empleo con todos los beneficios por varios años es cada vez más difícil y ahora también se percibe o parece que hay una tendencia de desindustrialización. El Impuesto Predial no genera ganancias para el contribuyente, pero cuando el contribuyente tiene un negocio paga el impuesto por tener el negocio. La realidad del contribuyente es que tiene una concurrencia de acreedores, donde fácilmente llega a tener la situación de deudor; pero además de eso el contribuyente tiene familia que mantener de forma diaria y tiene un presupuesto que muchas veces simplemente no alcanza. El cálculo del Impuesto Predial debería ser otro, la forma de valorizar el predio es útil y sirve de referencia para cuando se quiere vender un predio y pagar el impuesto de segunda categoría, en la realidad con estadísticas se puede ver que hay una baja recaudación de ese impuesto, hay corrupción para no pagar ese impuesto, hay una gran informalidad de viviendas en construcción y titulación; para ampliar la base de contribuyentes se deberían presentar más facilidades sobre todo al momento de sacar la licencia de construcción, sino sacas la licencia bueno te multan, pero el presupuesto de la gran mayoría de contribuyentes no sube todos los años. Una forma de mejorar la recaudación entre varias por ejempló puede ser construir obras de mejoramiento de pistas y veredas u otras obras en áreas donde la mayoría de contribuyentes este al día en su pago de impuesto predial sería algo consecuente y tener una institución publica más comunicativa. http://kirk-douglas-z.blogspot.pe/

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Suscripciones CIAT

Navega en el sitio sin restricciones. Consulta y descarga los contenidos.

Suscríbete a nuestros boletines electrónicos:

  • Blog
  • Oferta Académica
  • Informativo
  • Publicaciones
  • Alerta de Noticias

Activar suscripción

Miembros CIAT

Representantes, Corresponsales y Personas autorizadas (AT)