Tribut@ción punto com punto co

La evidencia sobre las formas en las cuales el ser humano ha intercambiado bienes y servicios, se vuelve difusa aproximadamente 8.000 años antes de Cristo. Lo que algunos expertos concuerdan, es que durante el neolítico y con las primeras formas que datan de trueque, los primeros hombres y mujeres empezaron a resolver un conflicto profundo que se manifestaba otrora y que sigue siendo tema central en cualquier discusión en una clase de marketing: la interacción entre necesidades de los consumidores y los productores.

Si bien el trueque surge, como factor fundamental, para que las tribus que pasaban de nómadas a sedentarias, pudieran subsistir en entornos hostiles y el surgimiento de la moneda contribuyo insoslayablemente al mejoramiento del intercambio de bienes entre comunidades heterogéneas, no debemos tener miedo a subrayar que desde estas primeras instituciones mercantiles y la posterior aparición de grandes medios de transporte, el internet es la última gran invención humana que cambio para siempre las dinámicas económicas.

Por esto, desde hace tres décadas las compañías vienen adaptándose a modelos novísimos de comercio que involucran estrategias en diferentes etapas, cuyo eje central es la tecnología: desarrollo de modelos, transporte, distribución, merchandising, servicio al cliente y las intervenciones actuales de posicionamiento de marca en el mercado digital. Esto cambió de forma radical las vías de interacción entre los productores y consumidores, puesto que se han abierto las fronteras más que nunca y se han dado posibilidades ilimitadas para satisfacer la demanda de bienes y servicios, algo que hasta hace apenas medio siglo parecería Huxleyano.

Con este escenario, el Estado ha evolucionado planteándose nuevos retos, como modificar tratados comerciales con otros países, revisar sus sistemas jurídicos y regulatorios e ineludiblemente analizar los esquemas impositivos. Este último aparte resulta indispensable, pues sí o sí la tributación puede invitar o desincentivar la inversión y el emprendimiento, no solo respecto de los bienes y servicios gravados, tarifas sobre impuestos nacionales y/o territoriales, sino por la misma labor que ejerce la administración fiscal en la interacción con los agentes económicos.

Muchas estrategias se han venido implementando a nivel global para mejorar las intervenciones en política pública, específicamente en aquellos terrenos correspondientes a mejorar la cohesión tecnológica de los mercados. La reducción de tarifas e implementación de beneficios tributarios, han sido medidas que han estado presentes en los últimos años en la normatividad, siendo estas demandadas por los gremios y por la academia.

Por esto, es vital que los estados latinoamericanos empiecen a evaluar de forma empírica los cambios que se han presentado en los últimos años y adicionalmente los que ha traído la pandemia, de esta forma se deberán buscar escenarios aptos para que nuestros países no tengan un rezago mayor en posicionamiento dentro del mercado tecnológico que se traduzca finalmente en pérdida de competitividad.

En el caso colombiano, la situación es particular, pues se presentaba hasta antes de 2019 un índice de 8,4 en acceso al comercio electrónico, lo cual es dos puntos por debajo del promedio latinoamericano (10,7%) y más de 50 puntos por debajo del promedio de OECD (61%)[1] . Sin embargo, las mediciones posteriores al confinamiento arrojan que estas cifras han aumentado y se espera que para 2021 haya un crecimiento de 27,6% en acceso a comercio electrónico, lo que significa que un 52,1% de las ventas realizadas por minoristas se harán por ecommerce.

Desde la administración tributaria, se ha trabajado en herramientas para promover el comercio digital y seguir ejerciendo control, es el caso de la implementación de la facturación electrónica y el nuevo Régimen Simple de Tributación, donde se han dado herramientas e incentivos para buscar que el comercio se ejerza cada día desde un entorno tecnológico. Una de estas medidas, son los descuentos tributarios aplicables sobre las bases gravables a aquellos ingresos que se reciban por medios de pagos electrónicos. La introducción de esta disposición tiene como propósito evidente la bancarización de los negocios, que al mismo tiempo generará una reducción interesante en el pago final que realizan los contribuyentes.

Teniendo en cuenta que, no todos los sectores son susceptibles de aumentar su volumen de transacciones en esta forma (incluso a pesar repunte del ecommerce durante 2020 debido a la pandemia global[2]), puesto que hay agentes económicos más golpeados que no tendrían en principio como desarrollar estrategias para vincularse, es necesario que se empiecen a revisar experiencias exitosas y su posibilidad de trasplantarse a otros sistemas jurídicos.

Los policymakers deberán evaluar en cada sistema jurídico la posibilidad de mejorar el impacto de las implementaciones exitosas, en el caso de tomar la experiencia de Régimen Simple como ejemplo, podría repensarse el porcentaje de descuento, la actividad económica o la capacidad de integración con otros elementos de la obligación tributaria que puedan ser adecuados para la experiencia específica.

Así mismo, es necesario tener en cuenta que, en mercados digitales que aún carecen de madurez como los de nuestra región, se debe trabajar de la mano para sostener estos modelos sobre la confianza. En estudios recientes, se desvelan como factores fundamentales para no llevar a cabo operaciones electrónicas, la falta de certeza que existe respecto de los productos o de capacidad del Estado para defender los ciudadanos en caso de ser timados. Estas situaciones impactan en la percepción de eficacia del Estado y destruye la relación con las instituciones, por ende, más allá de la labor fiscal es un asunto que compete a todo el poder público.

Frente a la necesidad de gravar el comercio electrónico, se piden consensos frente a las necesidades de cada posición, si bien se viene discutiendo en la OECD sobre esquemas tributarios específicos como son el digital tax, los representantes y voceros de tecnología en los países vienen advirtiendo de la desestimulación del ecommerce y su consecuencia en las economías nacionales.

Por otro lado, es evidente, de acuerdo a mediciones, que unos de los sectores con menor afectación por la pandemia son precisamente aquellos que desarrollan sus operaciones través de plataformas electrónicas, lo cual podría ser un factor clave en la decisión y desarrollo del modelo tributario por el cual optarían las naciones después de alcanzar la inmunidad de rebaño.

Para concluir, siempre entre los tributaristas y oficiales de las autoridades fiscales se repite un viejo aforismo de Jean Baptiste Colbert, ministro de economía de Luis XVI, quien describió la labor recaudatoria y sus dificultades diciendo «el arte de recaudar impuestos consiste en desplumar al ganso obteniendo la mayor cantidad de plumas con el mínimo de graznidos». Frente a esto, sería bueno revisar la realidad económica, las necesidades presupuestales existentes y el crecimiento de las plataformas y responder ¿cómo se va a desplumar ese ganso?

Obras citadas
Cámara colombiana de Comercio electrónico. 2021. El comercio electrónico en 2020 y perspectivas 2021. Bogotá marzo 2021CBT. Informe de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, Colombia

[1] Cámara colombiana de Comercio electrónico. El comercio electrónico en 2020 y perspectivas 2021. Bogotá marzo 2021.Página 44

[2] Ibid., 45

827 total views, 1 views today

Aclaración. Se informa a los lectores que los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en el texto pertenecen únicamente al autor, y no necesariamente a su empleador ni a ninguna organización, comité u otro grupo al que el autor pertenezca, ni a la Secretaría Ejecutiva del CIAT. De igual manera, el autor es responsable por la precisión y veracidad de los datos y fuentes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Suscripciones CIAT

Navega en el sitio sin restricciones. Consulta y descarga los contenidos.

Suscríbete a nuestros boletines electrónicos:

  • Blog
  • Oferta Académica
  • Informativo
  • Publicaciones
  • Alerta de Noticias

Activar suscripción

Miembros CIAT

Representantes, Corresponsales y Personas autorizadas (AT)